Con base a las precedentes consideraciones, esta Sala Dos de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta el siguiente pronunciamiento: DECLARA SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la Abogado KATIUSCA DEL VALLE GARCIA BASTARDO, en su condición de Defensora Publica Auxiliar Octavo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, contra la decisión dictada el 26 de Noviembre de 2014, motivada el 27 de Noviembre del mismo año, por el Tribunal Cuarto en función de Control del Circuito Judicial Penal del estado Carabobo, en el asunto signado con el Nº GP01-P-2014-015792, mediante el cual decreto MEDIDA DE PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, seguida al ciudadano JOSE ALBERTO CASTILLO MEDINA, asunto que se le sigue por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el articulo 458 del Código Penal y DETE.....