Con fuerza de las precedentes consideraciones, este Tribunal Noveno de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, CONDENA a la acusada KARIANIS DEL VALLE RODRIGUEZ JIMENEZ, de nacionalidad Venezolano, natural de Valencia, Estado Carabobo, fecha de nacimiento 08-09-1995, titular de la Cedula de Identidad Nº V- 24.297.662, de 27 años de edad, de profesión u oficio comerciante, estado civil: Soltera, residenciado en: Barrio Macario Escorche, Calle Tucupido, Casa Numero 57, Parroquia y Municipio Guácara del estado Carabobo, por la comisión del delito de COMPLICIDAD EN EL DELITO DE EXTORSION, previsto y sancionado en el artículo 16 de la Ley Contra el Secuestro y la Extorsión, a cumplir la pena de CINCO (05) AÑOS DE PRISIÓN, mas las accesorias de Ley establecida en el artículo 16.1 del Código Penal, sentencia condenatoria por ADMISION DE HECHOS.