El tribunal deja constancia que la parte demandada EVCAVEM, C.A, no compareció a la celebración de la audiencia preliminar prolongada, por lo que este Tribunal en aplicación de la Jurisprudencia de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, acuerda agregar las pruebas en la presente causa, aplicar en acta separada el despacho saneador a que se contrae el artículo 134 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, y remitir el día hábil inmediato al de hoy, el expediente a la URDD para su distribución al Tribunal de Juicio que resulte competente.-