Este Juzgado del Municipio Cajigal del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara DISUELTO el matrimonio contraído por los ciudadanos, Wilmer Antonio Muñoz Gómez y Martina Figuera, quienes son venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad números V-9.933.445 y V-6.007.816, respectivamente, domiciliado el primero en la Comunidad de la Horqueta de Mata Chivo, parroquia Yaguaraparo, Municipio Cajigal del Estado Sucre y la segunda en la calle Venecia, de Yaguaraparo, Municipio Cajigal del Estado Sucre, por ante la prefectura del Municipio Cajigal del Estado Sucre, en fecha 14 de Noviembre de 1996, según acta Nro 44, todo de conformidad con lo establecido en el Articulo 185-A del Código Civil. Así se decide.
A los fines previstos en los artículos 506 y 507 del Código Civil, remítase copia certificada de la presente decisión, con inserción del auto de ejecución que se dicte, al jefe de Instit.....