DECISION
En orden a los razonamientos expuestos, este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por la parte actora.
SEGUNDO: Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la acción incoada por la ACTORA.
TERCERO: Se CONDENA a la accionada que lo es, RESTOVEN DE VENEZUELA, C.A, a pagar a la actora, CILENI KRIMAR LLOVERA GUERRA venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº.10.227,749, la cantidad total de CINCO MIL CIENTO SESENTA Y CUATRO MIL BOLIVARES CON VEINTIUN CENTIMOS (Bs.5.164,21), discriminado de la siguiente manera:
En relación a la ANTIGÜEDAD: la cantidad de total de Bs. 44,60, el cual se ordena pagar al actor. Y así se decide.
En cuanto a la terminación de la relación de trabajo: la cantidad de Bs.44, 61.
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