D E C I S I O N:
Es por estos razonamientos que este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PAEZ Y ARAURE DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda de divorcio presentada por la ciudadana: MARIA MARGINIA HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-11.081.106, e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 213.475, Actuando en nombre y Representación del ciudadano: ANDRES ADRIAN PEREZ SALAS, venezolano mayor de edad titular de la cedula de identidad N° V- 20.273.797. Demandada ciudadana DIANA CAROLINA COLMENAREZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-17.963.787. De conformidad con lo establecido en el articulo 185 del Código Civil y en concordancia con la sentencia N° 1070 dictada con carácter vinculante por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo.....