En fuerza de lo antes expuesto este Tribunal actuando en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la demanda de resolución de contrato interpuesta por ANTONIO JOSE ALVAREZ contra la ASOCIACIÓN CIVIL TAXI CENTRO, ambos suficientemente identificados al inicio de este fallo. Se condena en costas a la parte vencida conforme lo establece el artículo 274 del código de Procedimiento civil. Por cuanto la presente sentencia es dictada fuera del lapso de ley se ordena notificar a las partes de su publicación tal como lo establece la normativa legal vigente.