DECLARA CONSUMADA LA PERENCION y, en consecuencia, EXTINGUIDA LA INSTANCIA en la presente causa seguida por la ciudadana CARRASCAL RUEDAS SANDRA MILENA, APODERADO JUDICIAL ABG. EURO ALBERTO LOBLO, parte actora en el presente juicio, contra los ciudadanos MORA MORA JUAN CARLOS y YOLIS JOSEFINA, venezolanos, mayores de edad, domiciliados en la Urbanización La Conquista de la ciudad de El Vigía, Municipio Alberto Adriani del Estado Mérida, por Reconocimiento de Unión Concubinaria.
Con fundamento en lo previsto por el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil, no hay condenatoria en costas.
Notifíquese a la parte actora en su domicilio procesal situado en el barrio La Inmaculada Oficentro Rigbel, calle 7 Nro. 12-35, Oficina 3, El Vigía Estado Mérida.