DISPOSITIVA
Sobre la base de todo lo antes expuesto y conforme a lo establecido en los artículos 645 y 647 literal "h" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, este Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa. Extensión Acarigua Sección Adolescentes, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara Cumplida la medida de Libertad Asistida por parte de los ciudadanos IDENTIDAD OMITIDA, antes identificados, y en consecuencia decreta el CESE de dicha medida, quedando vigente el cumplimiento de la sanción de Reglas de Conducta, por parte de los mencionados Adolescentes.
Notifíquese, publíquese, diarícese y déjese copia.
Dictada, firmada y sellada en la sede de este Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa. Extensión Acarigua. Sección Adolescentes, a los doce (12) días del mes de Enero de 2007.
CARMEN XIOMARA BELLERA F.
Juez de Ejecución
Abg. .....