Conforme a lo expuesto, este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Centro Norte, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara:
1. PROCEDENTE el amparo constitucional cautelar interpuesto, conjuntamente con recurso contencioso administrativo de anulación, por los ciudadanos JUAN JOSÉ TOVAR DELGADO y MARCO TULIO CABRERA CORONEL, cédulas de identidad V-8.590.731 y V-4.130.085, respectivamente, Directores de ALMACENADORA INVERSIONES 2006, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, 18 octubre 2006, Nro. 18, Tomo 304-A, asistidos por la abogada Johanna Sánchez Domínguez, Inpreabogado Nro. 133.751.
2. En consecuencia SE ORDENA la suspensión de los efectos de la Resolución Nro. 204/2008, dictada el 20 noviembre 2008 por la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO PUERTO CABELLO, ESTADO CARABOBO, hasta que se dicte sentencia.....