Por las razones anteriormente expuestas este JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS GUACARA Y SAN JOAQUIN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando justicia en Nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la demanda de cumplimiento de contrato arrendaticio incoada por la ciudadana MARIA DE LOURDES ALVARADO, portadora de la cédula número V-4.464.624, contra la ciudadana ROSA ANTONIA ORTIZ DE ORTEGA, portadora de la cédula de identidad número V-4.791.498.-
Se condena en costas a la parte actora, de conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil
Publíquese y regístrese.- Déjese copia certificada de esta Decisión.