PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta por el abogado ORLANDO ENRIQUE PEÑA AVENDAÑO, en su carácter de coapoderado judicial de la ciudadana YOLANDA DEL CARMEN CASTILLO DE TORO, parte codemandada, contra la sentencia dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en fecha 02 de noviembre de 2006.
SEGUNDO: SIN LUGAR la demanda intentada por los abogados ELISEO MORENO MONSALVE y BEATRIZ SÁNCHEZ HERNÁNDEZ, en su carácter de apoderados judiciales del ciudadano JOSÉ LIONEL CASTILLO RODRÍGUEZ, contra las ciudadanas MARUJA DEL CARMEN CASTILLO DE MELÉNDEZ, YOLANDA DEL CARMEN CASTILLO DE TORO e ISAURA JOSEFINA CASTILLO DE NOGUES, por haber caducado la acción para el momento en el cual la intentaron.
TERCERO: De conformidad con las previsiones del artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas del procedimiento a la parte demandante, por haber resultado vencida.
Por.....