Nuevamente este Tribunal procede a revisar los elementos existentes para determinar si persiste la medida ya impuesta al acusado o si por el contrario debe esta ser modificada, a tal efecto observa los argumentos esgrimidos por la defensora y por otra parte se efectúa un analisis de aspectos trascendentes en la presente causa, y entre ellos se vuelve a destacar el hecho que la imputación formulada por el ministerio publico y por el que se le dictó auto de apertura a juicio al acusado es el delito de HOMICIDIO INTENCIONAL, es decir que a criterio del Ministerio Público y posteriormente luego de revisión efectuada por el juez de Control, existen un cúmulo de elementos que condujeron a ese organo jurisdiccional que antecedió en el conocimiento de la causa, que habían en autos elementos para ordenarle a dicho acusado la celebración de el juicio oral y publico por tal tipo penal, el cual es de destacar es de los mas graves puesto que existe la perdida de la vida de un ser hu.....