Doctrinas que son acogidas por este Tribunal, en virtud de lo cual al no haber formulado las partes reparos a la partición presentada por el Ingeniero Rubén Hurtado, quien fue designado como Partidor en el presente juicio, este Tribunal al verificar la misma, no observa violación a los principios rectores de la jurisdicción agraria, manteniendo así indivisibilidad de la parcela para no afectar la unidad de producción, así como también los bienes muebles afectos a la actividad agraria; razón por la cual se declara firme la partición.