este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara CON LUGAR, la solicitud de orden de aprehensión interpuesta por el abogado ALVARO CAICEDO, Fiscal Segundo del Ministerio Público del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, considerando este Juzgado que concurren los extremos exigidos en el artículo 236 numerales 1°, 2° y 3°, del artículo 237 numerales 2°, 3° y Parágrafo Primero, todos del Código Orgánico Procesal Penal para la procedencia de la Privación Judicial Preventiva de Libertad, en consecuencia se AUTORIZA LA APREHENSION de los ciudadanos EDGAR ALEXANDER ANTON HERRERA, Titular de la Cédula de Identidad Nº V-26.592.210, de 21 años de edad, natural de Cumaná Estado Sucre, nacido en fecha 25-06-1992, Y GABRIEL JOSE MARVAL MUÑOZ, titular de la cédula de identidad Nro. 24.753.170 natural de Cumaná de 20 años de .....