PRIMERO: SIN LUGAR, el Recurso de Hecho interpuesto en fecha 08-01-2025, por el profesional del derecho GEGDIEL JOSÉ CASTELLANOS BURGOS, venezolano, mayor de edad, abogado en ejercicio, titular de la cédula de identidad Nº V-11.402.121, inscrito en el instituto de previsión social bajo el número 143.757, actuando como apoderado judicial de los codemandados en el presente asunto.
SEGUNDO: SE CONFIRMA el auto decisorio dictado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa y del Municipio Juan Vicente Campo Elías del Estado Trujillo, de fecha 19-12-2024, mediante la cual niega la admisión del Recurso Ordinario de Apelación interpuesto en fecha del 13 de diciembre de 2024.
TERCERO: SE ORDENA participar el contenido de la presente decisión al Tribunal Ad quo mediante oficio en la oportunidad legal correspondiente.
CUARTO: Por la naturaleza de la presente decisión no hay condenatoria en costas.