DECISIÓN
Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley decreta el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO DE LA CAUSA, en favor del adolescente identidad omitida, de conformidad con el articulo 562 de la Ley Organica para la Protección del Niño y el Adolescente, en la causa seguida por el delito de Hurto Simple, previsto y sancionado en el artículo 453 del Código Penal. Notifíquese a las partes
El Juez de Control No 2
La Secretaria
Abogado Gerardo Pastor Arias