Por las razones de hecho y de derecho antes explanadas, este Juzgado Séptimo de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda intentada por el abogado ROBERT RODRIGUEZ NORIEGA, actuando en su carácter de apoderado judicial de la sociedad de comercio INVERSIONES GIMICA S.R.L., por DESALOJO contra la ciudadana MARBELLA DE JESUS TORREALBA.
SEGUNDO: Se condena a la demandada a pagar a la actora, la cantidad de DOS MILLONES QUINIENTOS VEINTE MIL BOLÍVARES (2.520.000,00), por concepto de los cánones de arrendamiento insolutos de los meses de marzo del 2.005 a diciembre del 2.006.
TERCERO: De conformidad con lo establecido por el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas a la parte demandada.