DECISION
Por todo lo antes expuesto, este Juzgado Primero de los Municipios Guacara y San Joaquín de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la Republica y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda que por DESALOJO incoara la Ciudadana MARIA EULOGIA OJEDA SUMOZA, en contra del Ciudadano ABNER JOSUE SILVA en consecuencia el tribunal ordena al demandado proceda DESALOJAR inmediatamente el inmueble objeto de la presente demanda, constituido por un inmueble una casa ubicada en la calle Bolivia, casa sin numero del Barrio Bolivariano, Vía Vigirima en el Municipio Guacara del Estado Carabobo.
Se ordena al demandado de autos a cancelar a la demandante la cantidad de TRESCIENTOS VEINTE MIL BOLIVARES (Bs. 320.000,oo) por concepto de cánones de arrendamientos insolutos, así como aquellos que venzan hasta la total desocupación del inmueble objeto de la presente controversia.
Se condena en costas a la parte perdidosa que lo es Ciu.....