Este Tribunal Tercero de Primera Instancia del Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declarar: CON LUGAR la oposición al embargo practicada en fecha 15 de febrero de 2007, incoada por el abogado FERNANDO GOMEZ MATAMOROS, actuando en representación del ciudadano WUILMER LEON HERDE, y ordena el levantamiento de la medida de embargo recaída sobre las acreencias a favor del ciudadano WUILMER LEON HERDE, con ocasión de los cánones de arrendamiento existentes entre WUILMER LEON HERDE con AUTO SERVICE PLUS CAR C.A., los cuales abarcan los cánones vencidos desde el mes de octubre del año 2005, hasta febrero del año 2007, los cuales ascienden a la cantidad de TREINTA Y DOS MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 32.000.000,00), así como las acreencias de los meses de marzo, abril y mayo cada una por DOS MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 2.000.000,00); en consecuencia.....