este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Estado Lara, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la objeción realizada por la ciudadana la apoderada judicial de la ciudadana LISBETH ROAS, en su carácter de Administradora del Condominio perteneciente al Conjunto Residencial El Morichal, a la consignación realizada por la parte demandada, ciudadana ALIX MARILES SANCHEZ de la suma de QUINCE MILLONES SETECIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS NOVENTA Y CUATRO BOLIVARES (Bs. 15.784.794,oo), a fin de suspender la medida ejecutiva de embargo decretada en fecha 14-02-2007, en el juicio por COBRO DE BOLIVARES VIA EJECUTIVA. En consecuencia, se declara insuficiente e inválida la consignación efectuada por la parte demandada, y consecuentemente, mantiene su vigencia la medida de embargo ejecutivo decretada por este Tribunal en fecha 14 de febrero del año en curso.