En mérito a las consideraciones que anteceden, Este Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA: 1º) NIEGA POR IMPROCEDENTE la REVISION Y SUSTITUCION de la medida cautelar privativa de libertad, solicitada a favor del acusado JONATHAN JESUS CAMACHO SANCHEZ plenamente identificado en autos, y a quien se le sigue proceso de enjuiciamiento como presunto autor del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL por lo que se MANTIENE la medida cautelar privativa de libertad con todos sus efectos, hasta tanto se realice la audiencia de juicio oral y publico, actualmente convocada para el día 9 de Abril 2010 a las 11:00 a.m. todo a tenor de lo dispuesto en los artículos 244, 250 y 251 del Código Orgánico Procesal Penal en relación con los artículos 30 y 55 de la constitución de la República Bolivariana de Venezuela. 2º) SE ACUERDA POR SEG.....