DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación de la parte demandante.
SEGUNDO: MODIFICADA la sentencia de fecha 21 de Noviembre de 2012, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo.
TERCERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por la ciudadana NORIS BARRETO contra GULLIVER, C.A. por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
Se condena a la demandada a cancelar a la acciónate la suma de SESENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y DOS BOLIVARES CON TREINTA Y TRES CENTIMOS, (Bs. 63.442,33). Y ASI SE DECIDE.-
No hay condenatoria en costas.
Notifíquese mediante oficio de la presente sentencia al juzgado de la causa. Líbrese oficio.
PUBLIQUESE, REGISTR.....