DISPOSITIVA
Con fundamento en la motivación que antecede, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Se acuerda seguir el PROCEDIMIENTO POR CONSUMO, establecido en el artículo 141 de la Ley Orgánica sobre Drogas para el ciudadano RAIMON ARAMIS CANELON CORDOVA, titular de la Cedula de Identidad Nº 20.237.914 y HECTOR RAFAEL SEQUERA MEDINA, titular de la Cedula de Identidad Nº 18.862.046. SEGUNDO: Se ordena la práctica de los exámenes a que se refiere el artículo 141 de la Ley Orgánica sobre Drogas, así mismo la obligación de asistir a charlas en la ONA, de manera inmediata. Líbrese Boleta de Libertad. TERCERO: Ofíciese a los tribunales correspondientes en los asuntos P-2009-2723, P-2008-10834, P-2011-23197 y P-2006-5391.La presente decisión se publico dentro del lapso legal que corresponde, Quedando los presentes.....