DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano MERVY LEONARDO BOLÍVAR contra la empresa URBASER BARQUISIMETO, C.A., ambos ampliamente identificados en autos.
SEGUNDO: Se ordena a la empresa URBASER BARQUISIMETO C.A., identificada en autos, que pague el ciudadano MERVY LEONARDO BOLIVAR, las cantidades siguientes: A) BOLIVARES OCHO MILLONES OCHOCIENTOS TREINTA Y TRES MIL CON 00/100 (Bs.8.833.000,oo), por concepto de indemnizaciones contenidas en el numeral primero, parágrafo segundo del Artículo 33 de la Ley Orgánica de Prevención Condiciones y Medio Ambiente del Trabajo (L.O.P.C.M.A.T.); B) BOLIVARES CIENTO CUARENTA MILLONES CON 00/100 (Bs.140.000.000,oo), por concepto de reparación de daños morales conforme lo prevé el Artículo 1196 del Código Civil. Todo lo cual asciende a la cantidad de BOLIVARES CIENTO CUARENTA Y OCHO MILLONES OCHOCIENTOS TREINTA Y TRES MIL CON 00/100 (Bs.148.833.000,oo).