Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR, la demanda por RESOLUCION DE CONTRATO DE COMODATO, intentada por el ciudadano: JOSE ALTAGRACIA PEREZ MEDINA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 3.088.193 y de ete domicilio, en contra de los ciudadanos: NELSON MONTES y NINFA DE LA VIOLETA REYES, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédula s de identidad Nos. 4.375.055 y 12.249.606, respectivamente y de este domicilio. SEGUNDO: De conformidad con el articulo 274 del Código de procedimiento Civil, se condena en costas a la parte actora, por haber resultado totalmente vencido en el proceso. TERCERO. Notifiquese a las partes de la presente decision de conformidad con el articulo 251 del Código de procedimiento Civil.- PUBLIQUESE Y REGISTRESE.- Dado y firmado en la Sala de Despacho del JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO I.....