En virtud de lo antes expuesto este Tribunal Segundo de Control Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley resuelve revisada como ha sido el cumplimiento de la medida cautelar impuesta por este tribunal al Imputado Johann José Ramírez Martínez, venezolano, mayor de edad, portador de la cedula de identidad N°.- V-18.582.231, de profesión ú oficio Albañil, hijo de Joel Ramírez y Migdalia Martínez, residenciado en la Urb. Brasil, sector II, calle Democracia, casa Nro.- 13, Cumana- Estado Sucre consistentes en presentarse por ante la Unidad de Alguacilazgo cada 8 días conforme a lo establecido en el ordinal 3 del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal este Tribunal ACUERDA ampliar el régimen de presentaciones del Imputado Johann José Ramírez Martínez, portador de la cedula de identidad N° V-18.582.231, de cada ocho (8) días, a cada Quince (15) días por ante la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Pe.....