Se declaró CON LUGAR la solicitud de Título Supletrio de Propiedad presentada por la ciudadana: Moraima Josefina Ospedales, conforme a lo establecido en el artículo 937 del Código de Orocedimiento Civil, dejando a salvo los derechos que puedan corresponder a terceros, se ordeno la devolución de las resultas a la solicitante.