UNICO:
Ya como se expresó anteriormente, los ciudadanos: EVELIO JOSE MENDOZA PERALTA y ROSIBETH DEL VALLE VALERA ARAUJO, antes identificados, solicitaron la disolución del vínculo matrimonial que les une y revisadas las actas procesales de la presente causa, esta Juzgadora observa que se han cumplido todos los extremos de ley exigidos por la norma del artículo 513 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara CON LUGAR el Divorcio solicitado por los cónyuges, y en consecuencia se acuerda la Disolución del Vínculo Conyugal contraído por los ciudadanos ALICIA CRISTINA HAWKINS DE RAMOS y TERRY VICENT RAMOS PAREDES, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad N°s V-15.427.033 y V-17.194.288 respectivamente, contraído por ante el Registro Civil de la parroquia San Miguel del municipio Jiménez del estado Lara, según acta de fecha 21 de Dic.....