DECISIÓN
En consecuencia, por cuanto la mencionada sentencia no contiene declaraciones ni disposiciones contrarias al orden público ni al derecho público venezolano ni a las buenas costumbres, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre la República y por autoridad de la ley, con fundamento en el artículo 53 de la Ley de Derecho Internacional Privado, concede FUERZA EJECUTORIA en el territorio de la República Bolivariana de Venezuela a la sentencia de DIVORCIO de MUTUO ACUERDO de fecha 18 de febrero de 2020, emitida por el Juzgado de Primera Instancia N° 5 de las Palmas de Gran Canaria, España, N° de procedimiento: 0000986/2019; que declaró DISUELTO el matrimonio contraído entre los ciudadanos BRICEÑO MARTÍNEZ HÉCTOR MANUEL, quien es venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de Identidad N° V-13.083.258 con MEDINA CARRERA MARÍA VERÓNICA, venezolana, mayor de edad y titular d.....