El Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Actuando en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declaro Embargada Ejecutivamente la cantidad de Un Millón de Bolívares (Bs. 1.000.000,00), en la cuenta corriente N° 0671013824, cuyo titular es la Sociedad de Comercio Multiservicios J.Sosa, S.R.L.