Se dictó SENTENCIA INTERLOCUTORIA, mediante la cual se DECLARO CON LUGAR LA INHIBICIÓN planteada por la abogada TANIA MARIA PARGAS CANELÓN, en su condición de Juez Suplente Especial del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en el asunto principal signado con el N° KP02-M-2003-000184, referente al juicio por cobro de bolívares, interpuesto por el ciudadano Jesús Elías Mendoza, contra los ciudadanos Iris Margoth Chirinos Arbelaez, Iris Arbelaez Chirinos, Elizabeth de Jesús Arbelaez Chirinos, Nelly Beatriz Arbelaez de Sucre y Carlos Alberto Arbelaez Chirinos. En consecuencia se ordenó la remisión de las presentes actuaciones a la Unidad Receptora de Documentos Civil del Estado Lara (URDD), con vista de esta declaratoria con lugar, a fin de que sean enviadas al tribunal que le correspondió el conocimiento del expediente y oficio a la juez inhibida anexándole copia certificada del presente fallo.