este Juzgado del Municipio Bejuma de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR, la Solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos: MAURICIO ALVAREZ REYES y ANA PABLA GONCALVEZ CORREA, ya identificados, y en consecuencia, DECLARA DISUELTO, el vínculo matrimonial, contraído en fecha 12 de Mayo de 1998, por ante la República de Cuba, Municipio Plaza, Provincia Ciudad de la Habana; y debidamente insertada dicha acta por ante la Oficina de Registro Civil de la Prefectura del Municipio Naguanagua del Estado Carabobo, según consta del Acta de Matrimonio que corre agregada a los folios del tres (03) al cuatro (04) del Expediente.
No se hace pronunciamiento sobre los hijos, ni bienes, por no constar en autos su existencia.-
Publíquese, regístrese y déjese copia autorizada para el archivo del Tribunal.