Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, Este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Lo Penal, en Funciones de Ejecución, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de La Ley, EJECUTA la sentencia dictada en dictada en fecha 24 de marzo del 2011 por el Tribunal Tercero de Control de esta extensión Judicial, mediante la cual se condenó al ciudadano GILBERTO JOSÈ MARCANO RAMOS, venezolano, natural de Carúpano, de 23 años de edad, nacido en fecha 06-02-1987, de estado civil casado, titular de la cédula de identidad Nº 18.591.662, de profesión u oficio comerciante, hijo de Gilberto Marcano y María Ramos, y residenciado en: San Martín, Sector Veintidós de Agosto, calle el Almendrón, casa s/n, Frente a un teléfono público Municipio Bermúdez Estado Sucre, por estar presuntamente incurso en la comisión del delito de CONTRABANDO, previsto y sancionado en los artículo.....