DISPOSITIVA
Por los razonamientos que anteceden, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se declara con lugar la solicitud de nulidad absoluta de la actuación inserta al folio cuatro (04) de las actas procesales, solicitud esta, hecha por la Fiscalía actuante por desprenderse de la misma la violación de una norma relativa a la asistencia y representación del imputado; de conformidad con lo previsto en los artículos 190 y 191 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Se autoriza al Ministerio Público para prescindir del Ejercicio de la Acción penal en la presente causa seguida al ciudadano EMILIANO REINOZA VIELMA, plenamente identificado, por lo cual se declara extinguida la acción de conformidad con lo previsto en el numeral 5 del artículo 48 del Código Orgánico.....