VIII
COSA JUZGADA
Las partes reconocen y aceptan el carácter de COSA JUZGADA que la presente transacción tiene a todos los efectos legales, de conformidad con lo previsto en el parágrafo único del artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, el artículo 1.718 del Código Civil y el artículo 255 del Código de Procedimiento Civil Venezolano, y solicitan a el Tribunal Quinto de Sustanciación Mediación y Ejecución de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, le imparta la homologación correspondiente. El tribunal por acta separada publicará la sentencia interlocutoria correspondiente.
EL JUEZ
ABG; NORIS B GODOY VILLEGAS
EL DEMANDANTE
ABOGADA ASISTENTE
APODERADA JUDICIAL DE LA DEMANDADA
El SECRETARIO
ABG: CARLOS LAYA