Vista la solicitud presentada por el ciudadano: JULIO RAMON MIJARES FIGUEREDO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.105.113, asistido por la Abogada: OLGA MENDOZA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 19.177, donde solicita se le decrete TITULO SUPLETORIO sobre las Bienhechurías que ha construido a sus expensas y con dinero de su propio peculio, cuyas características, linderos y ubicación se especifican en el escrito libelar, las cuales se encuentran fomentadas sobre un terreno perteneciente al Instituto Nacional de Tierras (INTI), que no tiene vocación agrícola, ubicado en Sector Potrerito, lote Nº: 61, de Chirgua, Parroquia Simón Bolívar, en el Municipio Bejuma del Estado Carabobo, e igualmente vistas las declaraciones de los testigos presentados por el solicitante y siendo este Juzgado competente para tramitar y proveer en sede de Jurisdicción Voluntaria, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, sin per.....