De la revisión de las actas constitutivas de la presente causa, se evidencia en primer lugar, que el abogado en ejercicio FREDDY RONDON OLIVARES, debidamente inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 76.095, actúa como abogado asistente de la ciudadana Zamira Hatem Goyo, parte co-demandada, y en segundo lugar, en cuanto a lo aseverado por el Juez Inhibido en la sentencia dictada en fecha 21 de marzo 2023, por este despacho en el cuaderno Separado de Inhibición signado con el Nº KC02-X-2023-000002, en donde se declaró Con Lugar la inhibición planteada por enemistad manifiesta con el referido abogado; viéndose impedida esta sentenciadora en cuestionar que dicha situación afecte la esfera subjetiva del inhibido, lo cual pudiera poner en duda su imparcialidad a la hora de decidir; y, por cuanto la inhibición planteada es conforme a derecho y en razón de ello, este Juzgado Superior Primero Civil Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Boli.....