declara CON LUGAR la solicitud de únicos y universales herederos, y en consecuencia, declara conforme a los autos a los ciudadanos: MARINA MARIA MORENO DE MOYETONES, MARIELBI NACARI MOYETONES MORENO, EDUYMAR ARLEX MOYETONES MORENO, YEFERSON EDUARDO MOYETONES MORENO, MARIANY JOSELIN MOYETONEZ MORENO Y MARIEXIS NAYARI MOYETONES MORENO, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-7.914.904, V-18.673.053, V-19.180.549, V-19.180.551, V-25.833.950 Y V-24.995.479, respectivamente, como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del De Cujus: VICTOR EDUARDO MOYETONES MENDOZA, titular de la cedula de identidad Nro. V.-7.590.855, quien falleció ab-intestato, el día veintiuno (21) de septiembre de 2024, según consta de copia certificada de acta de defunción Nº 3450, Tomo XIV; año 2024 emanada de la Oficina de Registro Civil de la Parroquia Candelaria del Municipio Valencia del Estado Carabobo. Y así se decide.
Devuélvanse las resultas a los solicitantes.
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