Por las razones anteriormente expuestas, esta Sala Nº 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR, la Acción de Amparo Constitucional intentado por la ciudadana Abogado ELENA PATIKAS MARTIN, a favor del ciudadano JOSE ALEXANDER MUJICA PATICA.-