Este Tribunal Unipersonal de Juicio Nro 5, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Encuentra CULPABLE al ciudadano DALMIRO ENRIQUE DURAN JIMEMEZ de la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO y DETENTACION ILICITA DE ARMA DE FUEGO previstos y sancionados en los artículos 460 y 278 del Código Penal respectivamente en perjuicio de los ciudadanos Nailin Del Carmen Garrido Meléndez y Alexander De Jesús Dávila Infante victimas en el presente caso, en consecuencia SE CONDENA a cumplir la pena de TRECE (13) AÑOS y CUATRO (4) MESES DE PRESIDIO, mas las accesorias de ley previstas en el artículo 13 eiusdem a saber:
1.- La interdicción civil durante el tiempo de la pena.
2.- La inhabilitación política mientras dure la pena.
3.- La sujeción a la vigilancia de la autoridad por una cuarta parte del tiempo de la condena, desde que ésta termine.
SEGUNDO: Se mantiene privación judicia.....