En atención a las consideraciones antes expuestas, atendiendo a los hechos particulares del caso de autos y al derecho aplicable, con fundamento en los artículos 8, 365 y 369 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, considerando que la destinataria de
alimentos tiene derecho a que se le garantice su derecho a la subsistencia y a una vida digna, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre,
en decisión de la Juez Nº 2, Sala de Juicio, Sede Cumaná, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda por OFRECIMIENTO DE OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, intentada por el ciudadano: ANTONIO JOSE RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°: 8.425.310, contra la ciudadana: LUZ MARY PEREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº: 12.377.968, en consecuencia, deberá imperati.....