IV
DISPOSITIVA
En fuerza de las anteriores consideraciones este tribunal Sexto de los municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara CON LUGAR la cuestión previa contenida en el articulo 346 ordinal 11 del Código de Procedimiento Civil y SIN LUGAR, la acción incoada por los Abogados lMANUEL CASTILLO HURTADO y SHIRSTIN INES YANEZ MENDOZA, Apoderados Judiciales de la ciudadana NILOA GISELA MALPICA de GONZALEZ, contra el ciudadano NELSON CLIMACO RANGEL MARTINEZ, por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, Se condena en costas a la parte demandante, por haber resultado totalmente vencida de conformidad con lo estatuido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil
PUBLIQUESE Y REGISTRESE:
Dada, firmada y sellada en la Sala de despacho del Juzgado Sexto de los municipios Valencia, Libertador,.....