este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA la EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL y DECRETA el SOBRESEIMIENTO De la presente causa a favor del ciudadano JESUS EDUARDO ORDAZ ROMERO, Venezolano Mayor de edad 26 años titular de la Cedula de identidad N° 15.742.954. Nacido en fecha 20-10-82, casado, estudiante, residenciado en Cumanacoa, La Granja, a dos calles del PDVAL, Estado Sucre, de que le sea concedida la suspensión condicional del proceso, por estar incurso en la comisión de los delitos de Resistencia a la Autoridad y Lesiones, previstos y sancionados en los artículos 218 y 416 del Código Penal respectivamente en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO Y ALEXANDER SALAZAR de conformidad al artículo 43 y 44 del código orgánico procesal penal, Con la lectura de la presente acta, quedan notificados los presentes, de conformidad con lo prece.....