este Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, sobre la base de los artículos 264 y 244 del Código Orgánico Procesal Penal a solicitud de parte, ha revisado la medida de coerción personal impuesta y SE DECLARA SIN LUGAR la solicitud de libertad planteada por el Defensor Privado, abogado ALBERTO GONZÁLEZ MARÍN, en causa seguida en contra del ciudadano HENRY ALBERTO RODRÍGUEZ GUANCHEZ, Titular de la cédula de Identidad N° 18.210.414, de 20 años de edad, residenciado en cantarrana, sector las cuñas hacia el cerro, cerca del mini Terminal de esta ciudad; por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE EN GRADO DE COOPERADOR INMEDIATO, previsto y sancionado en el artículo 4O5 en relación con el artículo 83 del Código Penal, en perjuicio de PETER ALEZANDER MAESTRE BRITO; según acusación de la Fiscalia Tercera del Ministerio Público de esta C.....