PRIMERO: HOMOLOGA la transacción celebrada entre el ciudadano RICHARD ANTONIO COLMENARES VASQUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.810.533, y la entidad de trabajo CLOVER INTERNACIONAL, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda en fecha 30 de junio de 1964, inserta en el Libro de Registro bajo el Nº 49, Tomo 26-A Pro.
SEGUNDO: Se le otorga a la presente transacción carácter de COSA JUZGADA y se ordena la remisión del presente expediente al Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial laboral para el archivo del presente asunto.
TERCERO: No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza del fallo.