Con fundamento en las anteriores consideraciones, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS TURÉN, SANTA ROSALÍA Y ESTELLER DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de Ley, declara CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE MATRIMONIO, solicitada por la ciudadana EDELMIRA DEL CARMEN CESAR, venezolana, mayor de edad, viuda, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad Nº V-434.546, debidamente asistida por la Abogado en ejercicio WILMARYS K. DAZA ZERPA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 21.126.492 inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 308.492 en consecuencia se ordena la RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE MATRIMONIO, con relación al nombre del ciudadano DOMENICO PENSA DEL MASTRO en el sentido de que su primer nombre es DOMENICO PENSA DEL MASTRO, lo cual es lo correcto; por lo cual debe quedar ase.....