En fuerza de los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Control No. 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide de la siguiente manera: DECRETA LIBERTAD PLENA al ciudadano CESAR JAVIER ARIAS ALVAREZ, venezolano, natural de Acarigua Estado Portuguesa, nacido el 16-06-88, de 19 años de edad, de estado civil soltero, residenciado en el barrio 5 de Diciembre, calle 03, avenida 04, casa 16 de Acarigua, titular de la cédula de identidad N° 18.731, 861, por no existir en las actas fundados elementos de convicción para estimar que el imputado es presunto autor del hecho punible que le atribuye la Fiscalía, tal y como lo exige el ordinal 2° del artículo 250 de Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese, publíquese, déjese copia y líbrese lo conducente.
Abg. Omar Fleitas Flores
Juez Primero de Control
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