este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con lo establecido en el articulo 329, 330 numeral 2 y 331 del Código Orgánico procesal Penal, admitida TOTALMENTE la acusación en contra del ciudadano IVAN JOSE ROQUE ORTIZ, 18 años de edad, nacido en fecha 16/1171991, titular de la Cédula de Identidad N° 20.346.672, residenciado en el Barrio San Luís, Sector La Playa , Casa S/N de esta ciudad; por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA, previsto y sancionado en el artículo 406, numeral 1, en concordancia con el Art. 424 de Código Penal y sus agravante en el 77 Ord. 1°, 11°, 12° respectivamente del Código Penal, en perjuicio de los ciudadanos, hoy occiso, DANIEL JOSE MORALES BENITEZ Y JHOSMAR ALEXANDER JOSE MARCANO MUÑOZ. En consecuencia el tribunal ordena LA APE.....