En consecuencia sobre la argumentación antes señaladas supra; Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Primero de Juicio, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Condena a los ciudadanos: Julio Cesar Larez Reyes, venezolano, natural de Carúpano, Municipio Bermúdez, Estado Sucre, de 24 años de edad, estado civil soltero, nacido en fecha 18-11-1985, titular de la cédula de identidad Nº 19.708.124, de ocupación u oficio obrero, hijo de Luís Francisco Larez y Argelia Reyes, y residenciado en la Calle Ecuador, Casa Nº 63, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, y Julián José Larez Reyes, venezolano, natural de Carúpano, Municipio Bermúdez, Estado Sucre, de 29 años de edad, estado civil soltero, nacido en fecha 07-09-1980, titular de la cédula de identidad Nº 16.396.609, de ocupación u oficio obrero, hijo de .....